Las nuevas leyes de Vivienda Vacacional (VV) en Tenerife: la guía de supervivencia 2026
Las nuevas normativas sobre vivienda en Tenerife han congelado las licencias de VV y han impuesto estrictos límites de densidad del 10%. Aquí tienes la guía de supervivencia 2026 para seguir operando legalmente y evitar multas elevadas.
A partir de febrero de 2026, el panorama del alquiler vacacional en Tenerife ha experimentado una transformación significativa debido a la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de la Vivienda (Ley 6/2025), aprobada a finales del año pasado y ya plenamente en vigor.
Las nuevas normas han cambiado el modelo de “publicar y alquilar” a un sistema mucho más regulado. Estos son los pilares clave de la nueva legislación:
1. La congelación de cinco años
El cambio más llamativo es una moratoria de cinco años para nuevas licencias de vivienda vacacional (VV).
La pausa:
No se emitirán nuevas licencias hasta que los municipios (como Adeje, Arona o Santa Cruz) actualicen sus planes urbanísticos.
La regla “90/10”:
Los municipios deben garantizar que al menos el 90% del parque de viviendas sea para uso residencial, dejando un máximo del 10% para uso turístico.
En muchas zonas populares de Tenerife, este límite del 10% ya ha sido superado, lo que significa que en esas áreas puede que nunca más se concedan nuevas licencias.
2. Requisitos más estrictos para las propiedades
Si solicita una licencia (cuando finalice la moratoria) o renueva una existente, la propiedad deberá cumplir estándares más exigentes:
Superficie mínima:
Generalmente, la vivienda debe tener al menos 35 m².
Antigüedad del edificio:
Las viviendas de nueva construcción no podrán destinarse a alquiler vacacional hasta que el edificio tenga al menos 10 años.
Sostenibilidad:
Las propiedades deberán cumplir determinados niveles de eficiencia energética (por ejemplo, clase F para edificios antiguos y clase D para edificios más recientes) y, en muchos casos, disponer de sistemas de energía renovable para el agua caliente.
Accesibilidad:
Se refuerzan los requisitos de accesibilidad para personas con movilidad reducida.
3. El nuevo sistema de registro (NRA)
Ahora es obligatorio un sistema de registro doble. Ya no se puede operar únicamente con la licencia autonómica.
Registro Nacional:
Desde julio de 2025, cada alquiler debe tener un Número de Registro Nacional único (NRA).
Eliminación de anuncios:
Las plataformas como Airbnb, Booking.com y otras están obligadas legalmente a eliminar cualquier anuncio que no muestre este número nacional verificado.
Declaración informativa anual:
Los propietarios deben presentar una nueva declaración informativa cada mes de febrero (el primer plazo es febrero de 2026) con datos sobre número de huéspedes, duración de las estancias y finalidad del alquiler.
4. Poder de las comunidades de propietarios y autoridades locales
Derecho de veto de la comunidad:
Según la Ley de Propiedad Horizontal, las comunidades de propietarios pueden prohibir el alquiler vacacional en el edificio con una mayoría de 3/5 (60%).
Recargos en cuotas:
Las comunidades también pueden aplicar hasta un 20% adicional en las cuotas de comunidad a los propietarios que exploten viviendas vacacionales.
Transferencia de licencias:
En general, las licencias VV ya no son transferibles.
Si la propiedad se vende, la licencia se extingue, y el nuevo propietario debe solicitar una nueva (lo cual actualmente no es posible debido a la moratoria).
5. Inspecciones y sanciones
El Gobierno de Canarias ha aumentado significativamente el número de inspectores.
El incumplimiento de la normativa —como alquilar sin licencia o no reportar los datos de huéspedes— puede conllevar multas de hasta 300.000 €.
Nota para propietarios
Si ya dispone de una licencia VV “histórica” o previa a la nueva ley, registrada correctamente antes de la entrada en vigor de la normativa, generalmente podrá seguir operando, siempre que cumpla con las nuevas obligaciones de registro, información y adaptaciones municipales.